viernes, 30 de noviembre de 2012

Comentario a la Ley de Hábitat en Buenos Aires

Este ley permitirá una adecuada mixtura entre familias de diversos ingresos lo cual mejorará la seguridad en los barrios

Ley de Hábitat en Provincia de Buenos Aires



Sancionaron la Ley de Hábitat en Provincia

El Senado bonaerense aprobó la ley que obliga a grandes emprendimientos inmobiliarios como countries y clubes de campo, de más de 5.000 metros cuadrados, a ceder un 10% de sus terrenos o su equivalente en efectivo, con destino a la construcción de planes de vivienda sociales.

La norma, que había sido aprobada el mes pasado en Diputados, modifica la Ley de Ordenamiento Territorial y uso del suelo para "abordar y atender integralmente la diversidad y complejidad de la demanda urbano habitacional, desalentando las prácticas especulativas" sobre la tierra.

La ley establece que los grandes emprendimientos inmobiliarios de más de 5.000 metros cuadrados deberán ceder el 10% del valor total del terreno para la realización de planes de vivienda social y prevé un aumento adicional del 50% del Impuesto Inmobiliario Urbano a los baldíos y una contribución especial para las viviendas o terrenos cuyos valores aumenten como consecuencia de obras o cambios de zonificación que produzcan los municipios.

El proyecto fue promovido por el kirchnerismo a través de diputados de La Cámpora, Nuevo Encuentro y Miles, el sector que lidera Luis D`Elía, y generó una fuerte polémica a partir del rechazo expresado por desarrolladores inmobiliarios que afirman que se terminará desalentando la inversión.

La norma no tiene efectos retroactivos sino que comenzará a aplicarse una vez que sea reglamentada por el gobierno de Daniel Scioli.

Los cruces sobre los alcances de la ley quedaron plasmados en el recinto del Senado, donde legisladores vinculados a Francisco De Narváez votaron en contra, mientras que también se escucharon objeciones parciales del radicalismo y del peronismo disidente.

No obstante, el proyecto terminó siendo aprobado por la mayoría con la que cuenta el Frente para la Victoria, acompañado por el Frente Amplio Progresista, la Coalición Cívica y un sector del radicalismo.

En ese contexto, el oficialista Jorge Ancona sostuvo que la nueva ley brinda "una oportunidad histórica no sólo para terminar con una norma de la dictadura sino porque es darle a la democracia una herramienta que toma en serio la necesidad de los sectores populares y medios del acceso a la vivienda digna o un terreno para construir su casa".

Pero la senadora denarvaísta Nidia Moirano consideró: "Debatimos un proyecto que esboza en su título conceptos que sin duda todos compartimos pero que en su articulado y fundamentos nada hace en pos del acceso justo al hábitat, y enfatizó que "no dará solución al problema habitacional de los bonaerenses, por el contrario, pondrá más presión sobre los hombros de la ciudadanía aumentando, superponiendo y creando nuevos impuestos y gravámenes; promoviendo las usurpaciones y avasallando la propiedad privada".

En términos políticos, el Senado dio sanción a la primera ley que promovieron los kirchneristas puros a través de Unidos y Organizados y que apunta básicamente a conseguir terrenos donde desarrollar los planes de viviendas lanzados por la Casa Rosada a través del plan ProCreAr.

• Voto joven, postergado

La Cámara de Senadores bonaerense postergó el tratamiento del proyecto de ley que habilita a votar a los jóvenes a partir de los 16 años en el ámbito de la provincia de Buenos Aires, en sintonía con la ley sancionada por el Congreso Nacional.

La iniciativa, de los diputados del Frente para la Victoria, Juan de Jesús y Graciela Rego, fue aprobada la semana pasada en la Cámara de Diputados y sería tratada en la sesión que tiene previsto realizar el Senado el próximo 13 de diciembre, informó una fuente legislativa.

La iniciativa modifica dos artículos de la Ley Electoral de la Provincia permitiendo que los jóvenes de entre 16 y 18 años tengan el derecho a votar, aunque no están obligados como ocurre con los mayores de 70.

"Los desafíos políticos que nos propone la Presidenta de la Nación nos obligan a redoblar los esfuerzos para seguir trabajando en una provincia que siga el camino de ampliación de derechos que lleva adelante el Gobierno Nacional", sostuvo Juan De Jesús en los fundamentos.

Fuente: Diario Ambito Financiero

sábado, 29 de septiembre de 2012

Revista Mas Vida Colombia

PUNTOS SOBRE EL PROYECTO DE LEY DE ACCESO JUSTO AL HÁBITAT



Impulsada por legisladores, intendentes,
organizaciones sociales, académicos y colegios profesionales, el proyecto propone:

1. Promover la generación y facilitar la gestión de proyectos habitacionales, de urbanizaciones sociales y de procesos de regularización de barrios.

2. Abordar y atender integralmente la diversidad y complejidad de la demanda urbano habitacional; desalentando las prácticas especulativas.

3. Generar nuevos recursos a través de instrumentos que permitan reducir procesos especulativos. Incorporar herramientas a nivel municipal como la participación en las Valorizaciones Inmobiliarias.

4. Resolver la situación de familias con pobreza crítica y necesidades especiales. Ejecutar proyectos de integración socio urbanística de villas y asentamientos precarios; creación del “Registro Público Provincial de Villas y Asentamientos Urbanos”.

5. Desarrollar nuevas áreas residenciales en centros urbanos o asentamientos rurales, mediante la construcción de conjuntos de viviendas o urbanizaciones completos a través de un desarrollo progresivo priorizando contar con infraestructura, servicios, reservas de equipamiento comunitario y espacios verdes.

6. Impulsar programas de construcción, autoconstrucción, reparación, remodelación o ampliación de viviendas tanto urbanas como rurales; fomentar créditos para la mejora del hábitat creando un fondo fiduciario que, a través de las organizaciones sociales, financiará a aquellos que no puedan acceder al crédito bancario.

7. Recuperar, rehabilitar y/o refuncionalizar edificios y sectores urbanos residenciales en proceso de degradación, preservando el valor del patrimonio histórico y social.

8. Ejecutar la construcción, ampliación y/o mejoramiento de servicios de infraestructura básicos, de equipamientos comunitarios y/o de espacios públicos recreativos.

9. Asegurar, en coordinación con la Escribanía General de Gobierno, la regularización dominial y la gestión escrituraria de los inmuebles construidos con el fin de permitir el acceso al título de propiedad y su constitución como bien de familia.

10. Atender la refuncionalización, rehabilitación y adecuación normativa de inmuebles fiscales aptos para finalidades de uso social y colectivo, en particular la provisión de suelo fiscal a los fines de su incorporación al Fondo Fiduciario Público (PRO.CRE.AR.).

11. Incentivar la asociación entre el sector público y el privado como un actor prioritario para impulsar proyectos de urbanización o edificación.

12. Actualizar decreto- ley 8912/77, artículos 84 al 90 y 92.

Fuente: Diario Ambito Financiero

Fuente: Diario Ambito Financiero

Fuente: Diario Ambito Financiero